Cédula de Habitabilidad o Segunda Ocupación

¿Cédula de Habitabilidad o Licencia de Segunda Ocupación: Qué es?

La cédula de habitabilidad o licencia de segunda ocupación, ahora denominada cédula de ulterior ocupación, es un documento que acredita que una vivienda cumple con la normativa técnica sobre habitabilidad, diseño, higiene y seguridad de su vivienda.

Es un documento que proporciona el ayuntamiento al que pertenece el inmueble y para su solicitud es necesario un certificado técnico de habitabilidad que justifique el cumplimiento de la normativa, redactado por un técnico competente: Arquitecto o Arquitecto Técnico.

Tras visita al inmueble y realizar la inspección visual y toma de datos, en el certificado se hará constar los siguientes datos:

– Referencia catastral del inmueble.

– Superficie construida.

– Descripción de la vivienda.

– Año de construcción para constatar que no se trata de un inmueble de nueva construcción.

– Justificación del cumplimiento de la normativa sobre habitabilidad y diseño.

 

¿Cédula de Habitabilidad o Licencia de Segunda Ocupación: Para qué sirve?

Según la Ley 3/2004, de 30 de junio, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación en su artículo 33 (Exigencia de la licencia municipal de ocupación). Dice:

“1. Será exigible la obtención de la licencia municipal de ocupación una vez concluidas las obras comprendidas en el ámbito de aplicación de la presente ley.

2. Transcurridos diez años desde la obtención de la primera licencia de ocupación será necesaria la renovación de la misma en los siguientes supuestos:

– Cuando se produzca la segunda o posteriores transmisiones de la propiedad.

– Cuando sea necesario formalizar un nuevo contrato de suministro de agua, gas o electricidad.”

 

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